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¿Qué es el seguro de Responsabilidad Civil?

No se pueden eliminar los riesgos, pero sí mitigar los efectos compensando las pérdidas provocadas por el siniestro a través de un sistema profesional

Limitaciones de la cobertura de Responsabilidad Civil:

Esta póliza cuenta con limitaciones, entre las más importantes podemos mencionar la suma asegurada, entendiéndose por esto el límite máximo de responsabilidad del asegurado por un siniestro. En la Argentina, es el máximo de indemnizaciones admisibles por todos los acontecimientos ocurridos durante la vigencia de la póliza, que será de tres veces el importe asegurado por acontecimiento. De igual manera la póliza incorpora algunas definiciones que también limitan el riesgo cubierto, como es el caso de la definición de terceros o de los daños cubiertos o de los que se consideran como hechos de terrorismo o hechos de tumulto popular. También existe la delimitación del tiempo o delimitación temporal, ya que no solamente la póliza tiene vigencia de un período de cobertura desde una determinada fecha hasta otra, sino que también define cuáles pueden ser los momentos en que se pueden cubrir los siniestros. Por lo que habitualmente se aplica el sistema de ocurrencia en donde se cubren los daños producidos durante la vigencia del contrato de seguro. También es importante destacar que hay una limitación temporal para hacer el reclamo ante los daños surgidos por un siniestro o accidente.

Gastos judiciales:

Las aseguradoras incluyen también dentro del seguro de Responsabilidad Civil, el reconocimiento de todos los gastos judiciales implicados en el reclamo realizado en un juicio civil. Ofreciendo así el servicio de representación penal primario, con el cual en caso de accidentes con heridos o muertos, la persona dueña de la póliza de seguro contará con asesoramiento oportuno frente a los reclamos que pudiesen presentarse.

Pluralidad de Reclamos:

Se establece este tipo de coberturas cuando varias personas de manera independiente reclaman diferentes tipos de daños. Para estos casos se reconocen hasta el doble de la suma prevista para el caso de incapacidad total y permanente.

Incapacidad parcial y permanente:

En este tipo de coberturas, se establece cuando la incapacidad no es total. La empresa aseguradora abonará el porcentaje de la incapacidad determinado sobre la suma comentada en el punto anterior. Se debe tener en cuenta que al momento de determinar el porcentaje de la incapacidad se toman en cuenta criterios que figuran ya establecidos en la póliza. Es importante leer detenidamente cada cláusula del contrato de seguro, para así poder evaluar las ventajas y desventajas entre una póliza y otra al momento de evaluar este tipo de circunstancias.

Muerte o incapacidad total y permanente:

Esta cobertura cubre en caso de accidente, en el cual alguno de los involucrados resulte con estas consecuencias. La empresa deberá abonar una indemnización ya establecida en el contrato de seguro ya que este tipo de coberturas tiene límites, los cuales variarán dependiendo del tipo de póliza que se haya contratado.

¿Qué cubre esta cobertura de seguro automotor?

No existe una cobertura específica para la Responsabilidad Civil, ya que variará dependiendo de la compañía de seguros. En lo que sí coinciden todas es que la aseguradora que se contrate para este fin, se compromete a mantener al asegurado al margen de cualquier responsabilidad por una serie de daños realizados durante el uso del vehículo objeto de la póliza de seguro. Entre estas coberturas tenemos:

Por lo tanto la póliza de Responsabilidad Civil consiste en trasladar a una aseguradora el coste de los perjuicios o daños producidos a terceros. Se hace a cambio de una prima que el asegurado debe pagar con vigencia anual y con unos límites acordados en la contratación del seguro. Existen muchos tipos de seguros de Responsabilidad Civil, entre los más conocidos está el de auto.

Seguro de Responsabilidad Civil y la Ley de Tránsito

El seguro automotor es un contrato de seguro que cubre los riesgos creados por la conducción de vehículos en caso de causarse algún accidente. La Ley de Tránsito establece que de manera obligatoria, toda persona que posea un automóvil debe contratar una póliza de seguro de Responsabilidad Civil o de Daños a Terceros, aunque esta persona no use el auto. Por lo tanto se establece que el seguro de Responsabilidad Civil es la cobertura dentro de un contrato de seguro que cubre los reclamos que pudiera recibir como consecuencia de los daños causados por su vehículo o por la carga que transporte en condiciones reglamentarias, ya sean producidos por el conductor dueño de la póliza o por quien conduzca el auto asegurado a terceras personas, hasta la suma máxima por acontecimiento que se especifica en la póliza o contrato de seguro.

Por esta razón nace el seguro automotor de Responsabilidad Civil, con el objetivo social de compensar el perjuicio económico producido por el asegurado a una tercera persona o a su patrimonio a consecuencia de un siniestro. No se pueden eliminar los riesgos, pero sí mitigar los efectos compensando las pérdidas provocadas por el siniestro a través de un sistema profesional que administra los riesgos con un criterio de solidaridad entre los asegurados. Lo importante del rol de las compañías de seguro es elevar la conciencia de la necesidad que tiene cada conductor de contar con el apoyo de una aseguradora para así poder hacer frente a situaciones inesperadas e indeseadas.

Hablar del riesgo en seguro es suponer que existe la posibilidad de que una persona  incurra en un hecho que dañe a otras personas y al patrimonio de estas. El seguro contribuye a mitigar los efectos económicos o pérdidas que provocan dichos riesgos. Sabemos que sufrir un accidente en el momento en que alguien conduce un auto es impredecible, por este sentido en términos colectivos la ley de los grandes números permite asegurar que siempre existirá un cierto número de personas experimentando algún tipo de siniestro.

No se pueden eliminar los riesgos, pero sí mitigar los efectos compensando las pérdidas provocadas por el siniestro

Desde las antiguas civilizaciones se tienen registros que se acostumbraba a recolectar y luego distribuir fondos entre algunos miembros en caso de muerte de alguno de ellos. Años después durante la Edad Moderna, aparece en Hamburgo a mediados de los años 1500 una primera manifestación del seguro de daños, al conocerse la existencia de unas “cajas” especiales de propietarios con el objetivo exclusivo de agruparse para socorrerse en caso de algún tipo de siniestro como por ejemplo el incendio.